Hace ya casi un mes hablábamos de la importancia de la marca en un contexto digital. Es importante cuidar nuestra marca, entre otras cosas, para proteger y aumentar nuestra facturación. La crisis del COVID ha dejado claro que el comercio electrónico ha soportado mejor el envite o incluso ha mejorado su situación. Si estás leyendo esto es porque quizás tengas un comercio electrónico, has cuidado tu marca y has visto protegida tu facturación o inclusa aumentada. Entonces, lo siguiente de lo que debes preocuparte es la fiscalidad de tu ecommerce: ¿Estás tributando correctamente? Hoy queremos dedicar unos minutos a repasar como aplicar el IVA en nuestro comercio electrónico, ya se trate de productos o servicios.
¿Qué es el IVA y cómo funciona?
Empezando por lo básico, el IVA es el Impuesto sobre el Valor Añadido. Un impuesto indirecto que grava el consumo. Es indirecto porque no está directamente relacionado con lo que posees o ingresas, si no con lo que consumes. El que compra un producto o recibe un servicio soporta el IVA. Mientras que el que vende un producto o presta un servicio repercute el IVA al consumidor que lo soporta, pero no se lo queda, lo ingresa en Hacienda trimestralmente. Entonces, el consumidor está obligado a soportar (pagar) el IVA y las empresa o autónomos están obligado a repercutir (cobrar) el IVA e ingresarlo en Hacienda. La cosa, sin embargo, se complica al introducir distintos tipos de IVA a aplicar y sobre todo cuando entra en juego la regla de localización.
¿Cuáles son los tipos de IVA que existen?
En la Unión Europea existen tres tipos de IVA:
- El tipo de IVA normal o estándar: Cada país de la UE tiene un tipo normal que se aplica al suministro de la mayoría de los bienes y servicios. Este tipo no puede ser inferior al 15%. En España es el 21%.
- El tipo de IVA reducido: Pueden aplicarse uno o dos tipos reducidos al suministro de bienes y servicios específicos. No pueden ser inferiores al 5% y en la mayoría de los casos no aplica en comercio electrónico. En España es el 10%.
- Tipos de IVA especiales: Algunos países de la UE están autorizados a aplicar tipos especiales de IVA a determinados suministros. Tipo superreducido, tipo cero o tipo parking son tres ejemplos de estos tipos de IVA especiales en los que no conviene profundizar ahora.
¿Cuándo y dónde aplicar el IVA en comercio electrónico?
Para saber si se debe aplicar el IVA o no hay que responder a dos preguntas (que en realidad son 3).
¿A quién se vende el producto o se presta el servicio?
Hay que distinguir entre comprador empresario y comprador usuario final, porque esto puede marcar la diferencia. Si un empresario comunitario adquiere un producto en tu web, el empresario liquidará el IVA en su país. Si se trata de un particular, por regla general, deberás liquidarlo tú en España, aunque hay especialidades.
¿Dónde se vende el producto o se presta el servicio?
Aquí entra en juego lo mencionado anteriormente: la regla de localización. Aplicar el IVA o no aplicarlo dependerá de dónde se venda el producto o se preste el servicio. Si tienes una ferretería en Madrid y vendes un destornillador, el lugar de realización de la operación es Madrid, sin duda. Sin embargo, en el comercio electrónico esto puede llegar a complicarse algo más. Lo que ayuda a esclarecer estas situaciones confusas son las reglas de localización. Para tener clara la aplicación de estas reglas de localización hay que hacerse una tercera pregunta: ¿Qué se vende, un producto o un servicio? La Agencia Tributaria ha lanzado una herramienta de localización que ayuda a aplicar estas reglas.
Teniendo clara la respuesta a estas dos preguntas, determinaremos cuándo y dónde aplicar el IVA.
Si el que compra no es cliente final o es empresario o profesional, pueden darse distintas situaciones:
- Que el comprador empresario o profesional tenga su residencia en España: la operación está sujeta a IVA.
- Que el comprador empresario o profesional tenga su residencia en otro país de la Unión Europea que no sea España: la operación no está sujeta a IVA en España. El comprador deberá liquidar el IVA en su país.
- Que el comprador empresario o profesional tenga su residencia fuera de la Unión Europea: Aquí sucede lo mismo, la operación no está sujeta a IVA. El comprador empresario deberá liquidar el IVA en su país.
Si el que compra es cliente final o consumidor final, las situaciones son las mismas pero las consecuencias varían:
- Que el consumidor final tenga su residencia en España: La operación está sujeta a IVA.
- Que el consumidor final tenga su residencia en otro país de la Unión Europea que no sea España: La regla general es la de tributación en origen. La operación estará sujeta a IVA, aunque existen especialidades. Esta regla no operará si las ventas superan unos límites establecidos, o si el vendedor decide tributar en destino.
- Que el consumidor final tenga su residencia fuera de la Unión Europea: Estas operaciones no estarán sujetas a IVA.
Si quieres saber más sobre cómo aplicar el IVA en tu comercio electrónico, no dudes en contactarnos.