Llevamos meses de pandemia y de cuarentenas, están siendo momentos difíciles. Sin embargo, todos nosotros encontramos alivio o consuelo en el sector del entretenimiento. Las formas de entretenimiento analógico siguen siendo muchas y de calidad. Pero tenemos que reconocer que sin Internet esta etapa habría sido muchísimo más dura de lo que ya lo está siendo. Vemos películas, series, escuchamos música, leemos libros, artículos y un porcentaje muy alto del entretenimiento que consumimos nos viene dado a través de la red.
El problema es que los que crean ese contenido están también confinados o con su actividad limitada. Sin embargo, esto no les ha impedido seguir entreteniendo a través de las Redes Sociales. Hace un año entró en vigor la Directiva de la Unión Europea sobre los derechos de autor. Una medida que fue muy polémica y tuvo una incidencia enorme en este tipo de contenidos. El debate sigue estando abierto y conviene tener claro qué cambios introdujo y si estamos haciendo un uso correcto de las Redes Sociales.
Los motivos de la Directiva de la Unión Europea y la polémica generada.
El considerando o exposición de motivos de la Directiva aclara que lo que persigue es el establecimiento de un mercado único digital interior. Un mercado dirigido a armonizar las normas comunitarias sobre derechos de autor y proteger así a los titulares de derechos de Propiedad Intelectual. Sin embargo, siguen estando encontradas las distintas opiniones que se generaron antes de la aprobación del texto. La polémica se centra especialmente en el conocido artículo 13 (finalmente artículo 17) así como en el artículo 15.
El artículo 15. Concede a los editores de prensa el derecho a otorgar o no su consentimiento para que otros websites puedan compartir fragmentos de sus publicaciones.
El artículo 17. Exige a los portales que almacenan y difunden contenidos con ánimo de lucro, a contar con una licencia previa de los creadores de esas obras.
Entonces, si el artículo 15 protege a los editores y el 17 a los creadores de obras, ¿Cuál es el motivo de la polémica generada?
Los detractores de la Directiva como SaveYourInternet o Xnet son tajantes, ya que afirman que acabará con la Libertad en la Red. Según ellos, los usuarios y los titulares de derechos de autor serán los perjudicados,mientras las propias plataformas se benefician. Esto es así ya que afirman que con el artículo 17 las plataformas asumen la responsabilidad de contenidos de los que no tengan licencia. O lo que es lo mismo, de las vulneraciones de derechos de autor que cometan sus usuarios. Para solucionar esto, las plataformas implementarán un filtrado previo de contenidos que además de eliminar automáticamente contenidos, impedirá que sean subidos. Esto repercutirá negativamente en:
- Los creadores, que no podrán subir a Internet cualquier contenido derivado como parodias o memes.
- Los usuarios que no podrán disfrutar de ese contenido,
- Internet en general ya que la inversión que requieren este tipo de filtrados algorítmicos solo está al alcance de unos pocos. Esto podría convertir Internet, según muchos, en un oligopolio.
¿Cómo afecta la Directiva a los usuarios de las redes sociales?
La Directiva está pendiente de ser traspuesta en España, por lo que no está clara la forma en la que afectará a los usuarios. Sin embargo, sí podemos asegurar que el usuario no pasará a asumir la responsabilidad de aquellos contenidos que vulneren derechos de autor de terceros. La incidencia que tendrá en los usuarios será distinta dependiendo de si son usuarios consumidores o creadores de contenido. La Directiva afecta a los creadores de contenido en la medida en la que muchos de los contenidos que intenten subir será directamente bloqueado, lo que repercutirá en que los consumidores tendrán mucho menos contenido disponible a su alcance.
Si eres creador de contenido, no te preocupes por responsabilidades que puedas asumir. Lo que si tendrás que ajustar (y mucho) es el contenido que subas para que no sea automáticamente bloqueado. Además, en el sentido de las críticas protagonizadas por los detractores de la Directiva, los creadores de contenido también deben preocuparse por la protección (o la falta de protección) que las plataformas ofrezcan a sus contenidos.
Algunos portales como andro4all han llevado a cabo pruebas para comprobar qué contenidos son automáticamente bloqueados por Redes Sociales como Instagram. Y la conclusión es que las plataformas bloquean automáticamente los contenidos de videoclips, canciones, películas o series, pero son absolutamente permisivas con los contenidos de los propios usuarios. Esto quiere decir que Instagram evita que los usuarios compartan sin autorización contenidos «mainstream», pero permite que se compartan (y lleguen a lucrarse) contenidos creados por otros usuarios.
En definitiva y concluyendo
Siendo esto así, cuesta mucho no sentirse representados por los argumentos de los detractores de la Directiva, porque aunque esta busca proteger los derechos de autor de la red, la realidad es que al final esto probablemente conllevará que las medidas necesarias para proteger estos derechos solo estén al alcance de plataformas millonarias que hasta ahora no parecen estar interesadas en proteger los derechos de autor del pequeño entretenedor.