ChatGPT, Studio Ghibli y los límites del arte generado por IA: ¿hasta dónde puede llegar la inspiración?

ChatGPT, Studio Ghibli y los límites del arte generado por IA: ¿hasta dónde puede llegar la inspiración?

Imagina esto: subes una foto tuya, le pides a Chat GPT que te transforme en un personaje del universo Ghibli… y aparece una imagen que parece sacada directamente de El viaje de Chihiro. El resultado es hermoso. Cautivador. Muy parecido. Demasiado parecido.

Pero, ¿qué significa eso en términos legales? ¿Estamos ante una obra nueva o ante una reproducción no autorizada del estilo de un autor?

¿Dónde está el problema?

La reciente funcionalidad de Chat GPT que permite generar imágenes al estilo de Studio Ghibli ha disparado la creatividad de miles de usuarios. Redes sociales llenas de rostros animados, vídeos virales, tutoriales, hashtags.

Y sin embargo, desde el otro lado del mundo, Studio Ghibli ha dado un paso firme: emprender acciones legales. Lo ha dejado claro. No es una sugerencia, es una advertencia. Porque el estilo visual de un estudio no es un juego; es una marca, una estética reconocible y una expresión artística protegida.

Y aquí entramos en terreno resbaladizo. ¿Es legal imitar un estilo gráfico sin copiar una obra concreta?

¿Quién tiene jurisdicción?

 OpenAI está en Estados Unidos, pero el uso de Chat GPT es global. ¿Eso implica que el conflicto puede judicializarse en múltiples países? Exactamente. Dependerá de dónde se cause el daño, de dónde se use la imagen, o incluso de dónde esté ubicado el usuario.

En Japón, sede de Studio Ghibli, la ley de propiedad intelectual protege con fuerza los derechos morales del autor. En Europa, ocurre lo mismo. En Estados Unidos, el marco es diferente, más permisivo. Ahí entra en juego el famoso “fair use”.

Si Ghibli opta por demandar, lo hará probablemente en su territorio, donde tiene más opciones de éxito. Pero si alguien en Francia, España o Alemania empieza a vender ilustraciones generadas con IA al estilo Ghibli, la acción podría trasladarse a esos tribunales europeos.

 ¿Qué pasa con los derechos morales del autor?

Aquí empiezan las diferencias reales entre jurisdicciones.

En Europa, los derechos morales son intransferibles, perpetuos y están en el centro de la protección legal. El autor tiene derecho a que no se le desvirtúe. A que su obra no sea modificada sin su consentimiento. A que no se le atribuyan obras que no ha creado.

En Japón, esa visión se amplifica aún más: el respeto por la obra del autor se considera casi un valor cultural. Modificarla, aunque sea en apariencia, sin permiso, es una ofensa seria.

En Estados Unidos, sin embargo, los derechos morales tienen un reconocimiento mucho más limitado. La mayoría de autores no pueden impedir usos derivados, siempre que estos sean transformadores y no dañen directamente el mercado de la obra original.

Esto crea un conflicto evidente cuando una IA, alojada en servidores estadounidenses, genera imágenes que afectan a la identidad de un autor japonés o europeo.

Cabe comentar que Hayao Miyazaki, cofundador de Studio Ghibli, ha expresado en el pasado su rechazo hacia el uso de la inteligencia artificial en la creación artística. En una entrevista de 2016, calificó esta tecnología como “un insulto a la vida misma”.  Estas declaraciones, en diversos medios como la CNN o Euronews, han resurgido recientemente debido a la proliferación de imágenes generadas por IA que imitan el estilo distintivo de Studio Ghibli. Sin embargo, hasta la fecha, Miyazaki no ha realizado comentarios públicos específicos sobre esta nueva tendencia.  Pero la pregunta es ¿ Dónde quedan los derechos morales del autor ? ¿ Estamos cambiando de era ? La tecnificación y digitalización de la sociedad de la información y nuestro entorno, ¿ está poco a poco minando la ética y la moral de las personas o de la sociedad? 


Por otro lado ¿Es lo mismo un uso personal que uno comercial?

No. Esta distinción es clave.

Una cosa es subir una imagen a redes sociales, mostrarla a tus amigos, disfrutarla en tu entorno privado. Ahí, aunque haya cuestiones debatibles, el impacto suele ser bajo.

Otra muy distinta es imprimir esa imagen, venderla, integrarla en una campaña de marketing, convertirla en producto. En ese momento, se transforma en una obra con valor comercial que utiliza, sin autorización, el estilo de un tercero. Y eso puede constituir una infracción directa.

Y no es necesario que haya ánimo de lucro. En algunas jurisdicciones, simplemente atentar contra la integridad o autenticidad del estilo de un autor ya es suficiente para activar una reclamación legal.

¿Qué pasa con todas las imágenes que ya están circulando?

La realidad es que es casi imposible detener la circulación de imágenes que ya han sido generadas y compartidas. Están por todas partes: TikTok, Instagram, X, foros, canales de Discord, whatsapp y telegram.

Pero una cosa es la circulación y otra la explotación económica.

Si una imagen al estilo Ghibli generada por IA se vuelve viral, probablemente no tenga consecuencias. Si esa misma imagen acaba en un marketplace, en una colección de NFT, en productos de merchandising… entonces cambia el escenario. Ahí es donde Ghibli y otros estudios pueden intervenir con acciones legales.

Lo que está en juego no es el uso ocasional o experimental, sino la sistematización de ese uso con fines económicos.

¿Puede prosperar una demanda?

Sí. Especialmente si el litigio se plantea en Japón o en Europa. La clave no está en que se haya copiado literalmente una obra, sino en que se ha emulado un estilo que forma parte del universo visual protegido de un autor.

En el caso de Studio Ghibli, ese estilo es tan reconocible y personal que puede defenderse jurídicamente como expresión artística original. Si una herramienta lo reproduce sistemáticamente sin autorización, se estaría atentando contra el valor artístico y patrimonial del estudio.

La posibilidad de que prospere dependerá del tipo de uso, de la jurisdicción concreta y de si existe una clara finalidad comercial.

 ¿Y si esto marca un precedente?

 Entonces el marco legal para las IAs generativas cambiará. Porque hasta ahora, la mayoría de plataformas se escudaban en la falta de legislación específica. Pero si se establece que imitar un estilo es ya una forma de infracción, aunque no se copie literalmente una obra, entramos en una nueva era jurídica.

Una era donde los derechos de los creadores se redefinen y donde las herramientas de inteligencia artificial deben ser conscientes de los límites legales del arte que ayudan a crear.

Estamos viviendo un momento histórico.

Por primera vez, una herramienta de uso masivo permite a millones de personas generar obras “inspiradas” en un artista sin haberlo tocado nunca. Ni formación, ni técnica. Solo un comando y una imagen generada.

La pregunta no es si eso es justo. Es si es legal.
Y, más importante aún: ¿es ético?


La respuesta no está escrita todavía. Pero este caso, el de ChatGPT y Ghibli, podría ser el que marque el rumbo para toda una generación de creadores, abogados y soñadores digitales.

En nuestra opinión, no es ético y reprobable. Y al mismo tiempo  es impactante y sorprendente que existan herramientas digitales de IA que puedan generar todo tipo de contenido inspirado en Artistas y Autores, pero que estas mismas herramientas no sean capaces, o no quieran sus propietarios o programadores,  establecer un sistema de localización, seguimiento, y pago de royalties por el uso, de tal forma que moneticen como mínimo la inspiración del autor.

Estamos en un peligroso momento en el que no solo se pierde el valor añadido de la obra, sino que además se obvia la remuneración del autor. Se debería poder trabajar en este aspecto, no tan importante como el derecho moral y de respeto del autor, para remunerar a los autores que forjaron sus ideas y las plasmaron como Arte. 

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